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Una treta ¿legal?, si te van a desahuciar.

Como sabemos cuando un banco embarga una vivienda familiar por no poder pagar la hipoteca, y dependiendo del precio que dicho banco consiga en la subasta, la persona hipotecada/embargada se queda sin casa, como yo me quedé sin abuela, pero lejos de entregar las llaves y saldar la deuda, como pasa en América y en muchos países Europeos, la persona hipotecada/embargada le sigue debiendo al banco lo que éste «cree oportuno» y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del 50/60% de su valor y continúa reclamando el 100% de la deuda a la persona hipotecada/embargada y aún pudiendo revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno … Es decir, como ya sabemos, una gran estafa, como la de las ayudas y avales a los bancos, pero consentida totalmente.

Yo, que participo con la gente del 15-M de mi ciudad en la Plataforma STOP Desahucios, no pretendo dar ninguna primicia, pero tal y como me ha llegado por E-mail, subo esta pequeña treta al blog, para su mayor difusión, por si sirve en algunos casos y para pagarles con la misma moneda si colara. Transcribo el correo:

Asunto: Una ayuda contra los desahucios de los Bancos.

Por el presente “Método”, no te vamos a engañar diciéndote que puedes salvar tu casa si estas o vas a ser desahuciado por no poder pagar tu hipoteca. La verdad es que, aunque tenga éxito, tu casa la vas a perder como «propiedad», pero, probablemente no te puedan echar de ella.

La cuestión es que en cuanto una persona vea que no va a poder pagar la hipoteca de su casa (bueno yo aconsejaría que si es antes de que comuniquen el procedimiento de ejecución hipotecaria, mucho mejor para que no nos lo anulen después), automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración «indefinida»/50 años, 100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el registro de la propiedad. (yo aquí, por las mismas razones que antes, y con el fin de que no impugnen este contrato, o nos lo declaren Nulo o Fraudulento, no pondría una cantidad tan pequeña, ni demasiado inferior al precio de mercado, pues a fin de cuentas el contrato lo debemos haber hecho a un familiar o persona de mucha confianza y aunque no se lo paguemos, siempre puede reconocernos que si está cobrándolo). En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.

El resultado del embargo será que la «titularidad de la propiedad» cambia de ser nuestra a estar a nombre del banco. Pero el domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad y continuaríamos debiendo la hipoteca, pero no saldremos de nuestra casa con tal de que paguemos (o digamos que pagamos) a nuestro nuevo «casero» por nuestro expiso los 10€ al mes y de por vida (o la cantidad que pactemos según lo que antes os comentaba) … De esta manera, ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las buscamos.

En fin, como dije mas arriba, no sé si servirá demasiado, porque soy consciente que la solución a este gran problema actual pasa por el cambio de la Ley hipotecaria, por el establecimiento de la Dación de pago, por la creación de un gran parque de viviendas de alquiler y por el cambio de medidas y políticas que obliguen a los bancos a sacar ese gran stock de viviendas embargadas y que faciliten el acceso a las VPO tanto en propiedad, como de alquiler. Pero de momento, quede publicado y difúndase por si acaso.

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21 comentarios en “Una treta ¿legal?, si te van a desahuciar.

  1. Muy interesante la información, por eso la hemos enlazado en upnews.es/crisis/una-treta-%C2%BFlegal-si-te-van-a-desahuciar-/

    Valora en upnews.es: Cuando las subastas quedan vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del 50/60% de su valor y continúa reclamando el 100% de la deuda a l

  2. El argumento es correcto. Algunas hipotecas prohiben arrendar. Otras que el alquiler sea al menos la cuota hipotecaria. Pero es correcto teniendo en cuenta estas salvedades.

  3. Tambien estube pensando en esto y si la persona encuentra alguien que pague la deuda (cuando este pagada la mayoria de la hipoteca)y el resto de mensualidades,es decir que el que se la compra sea por precio muy por debajo del mercado,osea un chollo y como inversion,ya que a cambio le haria un usufructuario para esa persona.El que quiere solo invertir a largo plazo y la otra persona tiene el usufructo.No se si es viable pero podria estudiarse algo asi…

  4. Hola Luis Angel,
    Me ha venido a la memoria una clausula que leí en mi hipoteca que dice algo así como que la vivienda no se podrá destinarse a alquiler sin el consentimiento del banco.
    Lo digo más que nada, para que antes de pasar el contrato de alquiler por el registro de la propiedad (que cuesta unos eurillos) se compruebe en la escritura de hipoteca, si te han incluido ésta clausula.
    Saludos.
    Cari L.

  5. Por favor, mira en el grupo de facebook de democraciarealya los comentarios que te han puesto y haz el favor de corregir este artículo, y esta vez sin inventarte leyes.

  6. Hay algo que no acabo de entender:

    Ejemplo; Yo, soy propietaria de un piso, del cual no puedo pagar la hipoteca. Antes de que me deshaucien, yo alquilo, es decir, me convierto en arrendadora del piso, a mi, por ejemplo, primo, que es el arrendatario. Mi primo firma un contrato conmigo en el cual dice pagarme un precio parecido al del mercado, por ejemplo 1000 euros, para que parezca verídico( jeje) . Luego, viene el deshaucio, y me deshaucian. Pero como el piso tiene inquilino, que es mi primo, y en realidad no me paga porque ya lo hemos hablado, el banco esgrime que yo tengo los ingresos que mi primo dice pagarme en contrato, es decir, 1000 euros al mes, que en realidad no tengo porque no le cobro. ¿ Y el banco se va a quedar tan pancho habiendo un contrato que dice que yo ingreso 1000 euros por el alquiler, y no pago el piso? Me parece buena idea, pero no creo que el banco se pare tan rápido. Es más, ¿ no podrá el banco, siendo como es, legalmente, el propietario del piso, ponerse a intentar cobrar también a mi primo y buscarle la ruina?

  7. El que roba a un ladrón …

    rankia.com/foros/hipotecas/temas/1058322-bancos-encuentran-atajo-para-quedarse-pisos-embargados-1-euro

  8. Al anónimo que quiere que corrijamos el artículo, le diré que junto a esos comentarios (por cierto minoritarios) hay cientos a favor.
    Esta entrada tiene mas de 12.000 visitas en un humilde blog que suele tener 200 al día. Vosotros mismos

  9. No lo veo nada claro.
    Alguien no puede pagar la hipoteca y arrienda la vivienda a, p.e., un amigo. Éste, le ha de pagar un precio al primero, pero ¿dónde vivirá el primero? Legalmente, no puedo hacerlo ahí, puesto que lo ha arrendado. Y además, tendrá que declarar el "ingreso" por el alquiler.
    Todo ello, legalmente, claro. Y lo normal será que la entidad financiera haga lo posible por demostrar que el contrato de arrendamiento és simulado.
    En el planteamiento, además, veo un fallo: por un parte dice que lo arrendamos a un tercero, y después dice que hacemos ver que pagamos el alquiler. Sería, hacer ver que cobramos, no?
    En fin, lo veo difícil, aunque hay que agradecer que se busquen soluciones.

  10. lo primero es q ni soy abogado ni tengo ni pajolera sobre leyes y tal, para eso estan los vampiros… perdón, abogados.
    leo que algunas hipotecas tienen una clausula contra alquileres, no se yo si no sera esa una clausula abusiva: "señor juez, si no pago la hipoteca es por que el señor bankero no me permite alkilarla mientras me voy a vivir bajo un puente"
    aun así en caso de que alkilarla sea una solución legal para no moverse de casa, puestos a rizar el rizo, yo pondría no, un pago mensual ridiculo, si no de mercado un unico pago anual y dejaría "pagados" por adelantado los próximos 100 años. (con una clausula q exima de subidas o actualizaciones los importes pagados por adelantado)(tambien es importante que no exis tan recibos con fecha en el mismo día por valor de mas de 99.999€)
    aunque ciertamente una vez q uno sabe que el piso esta en proceso de embargo lo mas sencillo tal vez sea escriturarlo a nombre de un hijo, lo que no cancela la hipoteca pero seguramente obligue a reiniciar el proceso de embargo, dado el cambio de propietario que tiene derecho a costear las cargas. dando un tiempo para ponerse al corriente.

    me pongo anonimo, pero podeis yamarme @cohen_el_barbaro XD

  11. No lo veo, a parte de que el banco puede prohibir el arrendamiento en el contrato hipotecario, supongo que porque lo habrán pensado antes que nosotros. Con la ley de arrendamientos actual se puede echar al inquilino para uso de la vivienda propio o de un familiar, se le debe comunicar con al menos tres meses de antelación y debe llevar él viviendo menos de cinco años.
    A no ser que hagas esta treta cinco años antes el banco te puede echar para que a este piso entre el hijo del director de la oficina y se acabó.
    Creo que ellos lo pensaron antes, y ellos hicieron la ley.

  12. Saludos fiscales.
    ¿POR QUÉ LOS BANCOS, CUANDO SE QUEDAN CON TU VIVIENDA, LA PUEDEN VENDER SIN PONERLA A SU NOMBRE Y ASÍ NO PAGAR EL 7% DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES…..?

    ¿CUANTOS MILES DE MILLONES DE EUROS TENDRÍAN QUE PAGAR A HACIENDA?.

    CALCULANDO QUE HAYA 1 MILLÓN DE VIVIENDAS QUE LOS BANCOS HAN ARREBATADO A LOS HIPOTECADOS FALLIDOS Y PONIENDO UN VALOR MEDIO A LA VIVIENDA DE 200.000 EUROS,…..SERÍA:

    1.000.000 X 200.000 = 200.000.000.000 MILL. X 7% = 14.000.000.000 MILLONES

    NADIE DICE NI MU…. ¿POR QUÉ ?

    Y se dedican a recoger migajas congelando pensiones, reduciendo sueldos y cositas menores mas bien simbólicas.

    Haz que esto llegue al Congreso a través de tus amigos

  13. Spainlandia:

    Dedicado, mientras dormimos, a los que no quieren que veamos y a los que no quieren ver… A los púlpitos de la resignación… Desde la agonía: el paro, la miseria, la infancia sin recreo, el hambre, los sintecho… Pulsar "Entrar" en:

    aims.selfip.org/spanish_revolution.htm

  14. Por favor que esto no se difunda pues no funciona yo pertenezco a la Plataforma de afectados por la hipoteca de Asturias y esto no funciona por favor que no se difunda
    No puede ser un familiar, no puede ser tan poco dinero y tampoco tanto tiempo, ademas a de ser mejor antes de que se ejecute la hipoteca, por favor no llevemos a engaños a las personas que van a desahuciar

  15. NO DIFUNDAS ESTO PORQUE ES UN ENGAÑO.
    EL PISO HIPOTECADO ES DEL BANCO Y CUALQUIER CONTRATO QUE HAGAMOS HEMOS DE COMUNICARLO Y HA DE SER AUTORIZADO. ASI COMO TAMBIEN ES BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE HOGAR, QUE EN CASO DE ALGUN SINIESTRO EN LA CASA, SERIA EL BANCO EL QUE LO COBRARA Y SI CONSIDERA OPORTUNO HARA ENTREGA AL PROPIETARIO EL IMPORTE DEL SEGURO. VETE A TU POLIZA DE HOGAR Y COMPRUEBA QUIEN ES EL BENEFICIARIO. VETE A TU DOCUMENTO DE HIPOTECA Y MIRA LO QUE TIENES PROHIBIDO HACER.
    ADEMAS CANTA POR TODAS LAS ESQUINAS QUE ESTO ES UN FRAUDE DE LEY, POR LO QUE NO SIRVE PARA NADA.
    ASI QUE LO UNICO QUE SE ME OCURRE PARA LIBRARTE DE LA HIPOTECA ES QUE TE MUERAS Y EL BANCO COBRE EL SEGURO DE VIDA. ESO SI, QUE NO SE ENTERE QUE TE HAS SUICIDADO PORQUE A LO MEJOR TAMPOCO TE VALE.

  16. Perdonen, pero estoy leyendo por aquí, varias veces, que el banco echa a la gente de "su" vivienda.

    Será suya cuando terminen de pagarla.

    Es lo que firmaron. Y muchos de los que ahora se ven deshauciados nos restregaban a la cara que ellos se habían metido por lo valientes que son, que siempre se sale y que yo era tonto por vivir de alquiler.

    Que cada palo aguante su vela.

  17. Perdonen, pero estoy leyendo en varios posts que hay gente que habla de que los bancos echan a la gente de "SU" vivienda, entendiendo "su" como referida al que firmó que pagaría una hipoteca.

    Será "SU" casa cuando terminen de pagarla. Eso funciona así aquí y en Sebastopol.

    Si no pueden pagarla, la pierden, como cualquier otro bien. Cuando los pisos subían, bien contentos que estaban los Pepitos, obtenían una gran plusvalía. Ahora que vienen mal dadas, que acepten las consecuencias negativas de su decisión.

  18. La posibilidad de alquilar el piso para evitar el desahucio. Algunas precisiones
    by afectadosporlahipoteca
    Hace ya unas semanas que circula por internet un mensaje impulsado por un grupo llamado "abogados en acción". Queremos pensar que con la mejor de las intenciones (evitar que las personas que no pueden pagar sus hipotecas sean desahuciadas), se recomiendan una serie de cosas que no son ciertas y que, de aplicarlas, pueden generar problemas o, como mínimo, gran decepción en las personas afectadas por la hipoteca, que suficiente tienen ya con la angustia generada por la grave situación que atraviesan.

    Resumiendo, el mensaje de internet afirma que si la persona que no puede pagar la hipoteca le alquila la vivienda a otra persona cercana por una cantidad simbólica (1€ o 5€) y con un contrato indefinido, cuando el banco se adjudique la propiedad de la vivienda en subasta, se verá obligado a respetar ese contrato de alquiler (siendo una manera encubierta de que la propia persona afectada pueda permanecer en la vivienda, pagando un alquiler simbólico).

    ESTO NO ES ASI.

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